Otorgo poderes generales judiciales, generales administrativos y especiales, para que una persona de su confianza haga trámites, cobre, venda o lo represente en un juicio en su nombre.
Precio: se lo digo por WhatsApp según su caso, antes de que venga.

Qué traer
| Documento | Detalle |
|---|---|
| DUI de quien otorga el poder | |
| Nombre completo y DUI de quien lo recibirá (el apoderado) | |
| Para qué se necesita | Vender un bien, cobrar, representarlo en un juicio, hacer trámites en una institución. |
| Si es para un bien concreto | Datos del inmueble o del vehículo. |
| Dónde se presenta | El apoderado lo presenta donde vaya a actuar por usted: banco, juzgado, CNR, Sertracen o la institución que corresponda. |
Cada institución puede pedir algo adicional. Escríbame antes de venir y le confirmo la lista para su caso.
Cómo se hace
- Cuénteme por WhatsApp para qué necesita el poder y a quién se lo dará.
- Le digo qué tipo de poder le conviene.
- Firma el poder ante mí.
- Se entrega el testimonio para que el apoderado lo use.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre un poder general y uno especial?
El general permite actuar en muchos asuntos (administrar, representar en juicios). El especial sirve para un acto concreto, como vender una casa determinada. Si solo necesita una cosa, el especial le da más control.
¿Qué es un poder general judicial?
Es el que permite que un abogado lo represente en procesos ante los tribunales. Es el que se pide para iniciar o contestar una demanda.
¿Se puede otorgar un poder desde Estados Unidos?
Sí. Vea la página para salvadoreños en EE. UU., donde explico las opciones.
